Materiales de orientación legislativa

Es prerrogativa de cada una de las Partes decidir cómo incorporará las obligaciones dimanantes de la CITES en la legislación nacional, tomando en cuenta sus necesidades y práctica jurídica. Las disposiciones de la Convención y la Resolución Conf. 8.4 (Rev. CoP15) constituyen solo un marco amplio, que debe ser desarrollado en la legislación nacional. Muchos asuntos detallados deben establecerse a nivel nacional, tal como las medidas nacionales que deberían incluirse en la base legislativa o en la legislación para la aplicación. A fin de brindar asistencia a las Partes en el proceso de planificación legislativa y de redacción de leyes, la Secretaría CITES, en colaboración con las Partes en la Convención, ha preparado los siguientes materiales de orientación legislativa.